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Anuncio sobre la publicación del "Reglamento (Provisional) de la Administración Nacional de Inmigración de China sobre la Gestión del Tránsito en la Zona de Cooperación Empresarial Internacional del Centro Oriental de Shanghai"
No.3 de 2025
Con el fin de implementar el "Plan General para la Construcción de la Zona de Cooperación Empresarial Internacional del Centro Oriental de Shanghai" y apoyar su construcción y desarrollo, la Administración Nacional de Inmigración de China ha elaborado el "Reglamento (Provisional) de la Administración Nacional de Inmigración de China sobre la Gestión del Tránsito en la Zona de Cooperación Empresarial Internacional del Centro Oriental de Shanghai", que se publica mediante el presente anuncio.
Por el presente se anuncia.
Administración Nacional de Inmigración de China
30 de julio de 2025
Reglamento (Provisional) de la Administración Nacional de Inmigración de China sobre la Gestión del Tránsito en la Zona de Cooperación Empresarial Internacional del Centro Oriental de Shanghai
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Con el fin de mantener el orden en la gestión del tránsito en la Zona de Cooperación Empresarial Internacional del Centro Oriental de Shanghai (en adelante, la Zona de Cooperación Empresarial) y apoyar su construcción y desarrollo, se promulga el presente reglamento en conformidad con la “Ley de Administración de Entrada y Salida de la República Popular China”, las “Regulaciones de la República Popular China sobre Control Fronterizo de Entrada y Salida” y demás leyes y regulaciones administrativas pertinentes.
Artículo 2. Los organismos de gestión migratoria, conforme a las presentes disposiciones, gestionarán la entrada y salida de personas y medios de transporte en la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 3. Los organismos de gestión migratoria deberán reforzar la cooperación y coordinación con los departamentos competentes de la Zona de Cooperación Empresarial para garantizar una gestión eficaz del tránsito en dicha zona.
Capítulo II. Gestión del Tránsito desde el Exterior
Artículo 4. Las personas de fuera de la parte continental de China que, por motivos principales de participar en actividades como intercambios comerciales, exposiciones y convenciones internacionales, o formación internacional, ingresen a la Zona de Cooperación Empresarial desde el extranjero a través del Aeropuerto Internacional de Shanghai-Pudong en vuelos internacionales (regionales), deberán ser registrados ante la entidad invitante ante el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial, a través de la Plataforma de Servicio de Gestión Integral de Información de la Zona, con al menos 48 horas de antelación.
Para aquellos que no puedan tramitar el registro anticipado por causas urgentes pero hayan llegado al Aeropuerto Internacional de Shanghai-Pudong, el registro podrá efectuarse in situ por el propio interesado o por la entidad invitante ante el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 5. La entidad invitante deberá proporcionar la documentación requerida por el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial y será responsable de la veracidad de la información registrada.
Si se necesita cambiar el registro debido a cambios en la fecha de actividad, cambio de motivos o renovación de documentos, la entidad invitante deberá presentar la solicitud de cambio al organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial a través de la Plataforma de Servicio de Gestión Integral de Información, al menos 24 horas antes de la entrada de Las personas de fuera de la parte continental de China a la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 6. Los extranjeros podrán, con una invitación válida registrada por el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial, realizar el trámite de facturación para vuelos con destino al Aeropuerto Internacional de Shanghai-Pudong desde fuera del territorio chino.
Artículo 7. Las personas de fuera de la parte continental de China deberán portar pasaporte u otro documento de viaje válido, así como una invitación válida registrada por el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial, y podrán entrar y salir de la Zona de Cooperación Empresarial tras la inspección y autorización de los organismos de gestión migratoria
Artículo 8. Las personas de fuera de la parte continental de China podrán permanecer en la Zona de Cooperación Empresarial por un máximo de 30 días.
Si se requiere una prórroga, las personas de fuera de la parte continental o la entidad invitante deberán presentar la documentación correspondiente ante los organismos de gestión migratoria al menos 24 horas antes de que finalice el plazo. La duración total de estancia prolongada no podrá exceder los 30 días.
Artículo 9. Las personas de fuera de la parte continental de China que salgan de la Zona de Cooperación Empresarial para ingresar a otras zonas dentro de la parte continental de la República Popular China deberán presentar ante los organismos de gestión migratoria su pasaporte u otros documentos de viaje, visa u otro permiso que autoriza su entrada, cumpliendo con los trámites establecidos, y solo podrán ingresar a la zona pertinente tras la inspección y autorización correspondiente.
En los casos de exención de visado, se aplicarán las políticas vigentes. Aquellos que estén condicionados para tramitación de visa portuaria y entrada temporal, pueden presentar la solicitud ante los organismos de gestión migratoria.
Capítulo III. Gestión del Tránsito desde el Interior
Artículo 10. Las personas que trasladen desde otras zonas de la parte continental de China a la Zona de Cooperación Empresarial para participarse en actividades de corta duración como intercambios comerciales, exposiciones y convenciones internacionales o formación internacional deberán obtener un permiso de tránsito solicitado por las entidades nacionales competentes.
Las personas que acceden a la Zona de Cooperación Empresarial desde otras zonas de la parte continental de China para desempeñar labores diarias relacionadas con la gestión integral, inspección fronteriza, seguridad y protección, producción, operaciones o servicios de apoyo deberán poseer un permiso de tránsito, el cual deberá ser solicitado por los departamentos administrativos competentes o por las entidades empleadoras registradas ante el organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 11. Para las personas que accedan a la Zona de Cooperación Empresarial desde otras zonas de la parte continental de China, los organismos nacionales o las entidades empleadoras deberán presentar, con al menos 24 horas de antelación, la documentación requerida al organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial a través de la Plataforma de Servicio de Gestión Integral de Información, incluyendo datos de la persona de interés como el nombre, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo y número de documento de identidad, teléfono de contacto, entidad empleadora y cargo, motivo de ingreso y duración de la estancia, además de subir la página de datos del documento de identidad válido y una foto reciente sin gorra.
Una vez aprobado el ingreso por parte del organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial, los organismos de gestión migratoria podrán expedir un permiso de tránsito con una validez máxima de 30 días para las personas indicadas en el primer apartado del artículo 10 y un permiso con una validez máxima de un año para las personas indicadas en el segundo apartado del mismo artículo.
En caso de que no se presente la documentación requerida, ya no se cumplan las condiciones para el ingreso o existan circunstancias previstas, los organismos de gestión migratoria no expedirán el permiso de tránsito, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Artículo 12. Las personas que, debido a emergencias, no puedan tramitar con antelación el permiso de tránsito, podrán presentar la documentación requerida directamente en el lugar. Tras la revisión por parte del organismo de gestión integral de la Zona de Cooperación Empresarial, los organismos de gestión migratoria les podrán expedir el permiso de tránsito.
Artículo 13. Las personas que ingresen a la Zona de Cooperación Empresarial desde otras zonas de la parte continental de China deberán portar un documento de identidad válido y el permiso de tránsito, someterse a la inspección de los organismos de gestión migratoria, y solo podrán entrar en o salir de la Zona de Cooperación Empresarial tras la inspección y la aprobación.
Los que no porten un permiso de tránsito válido, hayan dejado de cumplir las condiciones de ingreso o incumplan las disposiciones de gestión de la Zona de Cooperación Empresarial, no podrán acceder a la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 14. Los vehículos destinados a usos específicos que cumplan con las condiciones para entrar en o salir de la Zona de Cooperación Empresarial deberán someterse a una reserva y registro a través de la Plataforma de Servicio de Gestión Integral de Información de la Zona de Cooperación Empresarial, y presentar la documentación requerida.
Los vehículos con reserva registrados deberán someterse a la inspección por parte de los organismos de gestión migratoria y, tras la inspección y aprobación, podrán entrar en o salir de la Zona de Cooperación Empresarial. Los conductores de dichos vehículos deberán tramitar el permiso de tránsito conforme a lo establecido.
Artículo 15. En casos de que las personas o vehículos necesiten entrar en o salir de la Zona de Cooperación Empresarial por emergencias como rescate, atención de desastres, asistencia médica urgente o reparaciones urgentes, los organismos de gestión migratoria facilitarán las comodidades necesarias.
Capítulo IV. Disposiciones Adicionales
Artículo 16. Los organismos de gestión migratoria mencionados en el presente Reglamento son los órganos de inspección fronteriza de entrada y salida, así como los departamentos de gestión de entrada y salida de los órganos de seguridad pública.
Artículo 17. Los organismos de gestión migratoria brindarán las facilidades necesarias a las personas relacionadas para la tramitación de documentos de entrada y salida, así como los trámites afines en la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 18. Aquellos que incurran en conductas que contravengan las disposiciones sobre administración de entrada y salida serán sancionados por los organismos de gestión migratoria conforme a la ley.
En caso de cometer otros actos ilícitos o delictivos, se indagarán sus responsabilidades legales por los departamentos competentes en función de la división de funciones conforme a la legislación vigente. Los organismos de gestión migratoria brindarán asistencia al personal encargado de hacer cumplir la ley de los departamentos pertinentes para ingresar a la Zona de Cooperación Empresarial y realizar trabajo de aplicación de la ley en la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 19. El plazo de estancia establecido en este Reglamento comenzará a computarse a partir de las 0:00 horas del día siguiente al ingreso a la Zona de Cooperación Empresarial.
Artículo 20. El presente Reglamento será interpretado por la Administración Nacional de Inmigración de China.
Artículo 21. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día en que comience a operar oficialmente el área de aplicación temprana de la Zona de Cooperación Empresarial.
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