• Guía de Servicios para Porte y Transporte de Armas de Fuego (Municiones)

     

    I. Condiciones de solicitud

     

    (1) Requisitos para los solicitantes

     

    1. Personas legalmente autorizadas a portar armas (municiones) al ingresar al país:

     

    (1) Personal de órganos diplomáticos y consulares extranjeras en China.

     

    (2) Miembros de delegaciones deportivas de países extranjeros y de China (incluidas las regiones de Hong Kong, Macao y Taiwán) que participen en actividades deportivas competitivas.

     

    (3) Otras personas que ingresen al país portando armas (municiones).

     

    2. Personal de tránsito que porte armas (municiones) a través de dos o más puertos.

     

    3. Entidades recepctoras que custodian las armas (municiones) que portan los guardias de huéspedes extranjeros destacados que ingresan al país sin necesidad de autorización.

     

    (2) Requisitos sobre los materiales de solicitud

     

    La carta de autorización para el ingreso, salida y tránsito de armas de fuego (municiones) será emitida por los siguientes órganos:

     

    1. Para el ingreso, salida y tránsito de armas de fuego (municiones) portadas o encomendadas por el personal de los órganos de representación diplomática extranjera y los consulados en China, el Departamento de Protocolo o el Departamento de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores emitirá una carta de aprobación.

     

    2. Para el ingreso, salida y tránsito de armas de fuego (municiones) portadas o encomendadas por los miembros de delegaciones deportivas de países extranjeros y de China (incluidas las regiones de Hong Kong, Macao y Taiwán) que participen en actividades deportivas competitivas, la Administración General de Deportes del Estado emitirá una carta de aprobación.

     

    3. Para el ingreso, salida y tránsito de armas de fuego (municiones) portadas o encomendadas por otras personas, la Dirección de Seguridad Pública del Ministerio de Seguridad Pública emitirá una carta de autorización.

     

    II. Base jurídica

     

    Párrafo 1 del artículo 37, y el artículo 48 de la "Ley de la República Popular China sobre Control de Armas de Fuego", y los artículos 30 y 34 del "Reglamento de la República Popular China sobre Control fronterizo de Entrada y Salida".

     

    III. Agencia de aceptación

     

    Estaciones de control fronterizo de entrada y salida

     

    IV. Tipos de revisión de trámites

     

    Si el solicitante necesita portar armas de fuego (municiones) para ingresar o transitar por dos o más puertos, el solicitante o la entidad receptora deberán solicitar a las autoridades de control fronterizo un permiso de porte y transporte de armas de fuego (municiones). Sin embargo, los invitados extranjeros destacados que estén aprobados para portar armas de fuego y municiones al ingresar y salir del país no necesitarán solicitar un permiso de porte y transporte de armas de fuego (municiones). Estarán eximidos de acuerdo con la carta de aprobación y el registro de declaración.

     

    El permiso de porte y transporte de armas de fuego (municiones) se expedirá inmediatamente después de pasar por la revisión.

     

    V. Materiales de solicitud

     

    1. Un original de la carta de aprobación emitida por las entidades designadas.

     

    2. Un original del "Formulario de Declaración de Portación de Armas de Fuego (Municiones) por parte del Personal de Entrada y Salida".

     

    3. Permiso de entrada y salida en vigor o documento de identidad original del solicitante.

     

    VI. Formas y procedimientos de tramitación

     

    Formas de tramitación: Presencial.

     

    Procedimientos básicos: 1. El solicitante (o la entidad receptora correspondiente) completará la declaración ante la estación de control fronterizo de entrada y salida por teléfono o fax antes de que los medios de transporte lleguen al puerto, y presentará los materiales de solicitud a la estación de control fronterizo de entrada y salida in situ después de llegar al puerto.

     

    2. La estación de control fronterizo de entrada y salida examinará si las calificaciones del solicitante y los materiales de solicitud están completos y se ajustan a la forma legal, así como la autenticidad, validez e integridad del contenido de los materiales. Si los materiales no están completos o no se ajustan a la forma legítima, se emitirá un Formulario de Notificación para informar al solicitante de los materiales que deben complementar y corregirse. Si los errores en los materiales de solicitud puedan corregirse in situ, el solicitante debe corregirlos in situ.

     

    3. La estación de control fronterizo de entrada y salida verificará el tipo, cantidad, número de serie, etc., de las armas de fuego (municiones) de acuerdo con la carta de aprobación y el "Formulario de Declaración de Portación de Armas de Fuego (Municiones)" por parte del Personal de Entrada y Salida.

     

    4. Si la estación de control fronterizo de entrada y salida no acepta la solicitud, se informará al solicitante de los motivos y fundamentos de la denegación y se emitirá una notificación de denegación. Después de la aceptación, en caso de ser aprobada, se expedirá in situ el “Permiso de Porte y Transporte de Armas de Fuego (Municiones)”. Si no se aprueba la revisión, se tomará una decisión de denegación in situ y se emitirá un aviso de enegación.

     

    VII. Resultados de aprobación

     

    Se emitirá el "Permiso de Porte y Transporte de Armas de Fuego (Municiones)" a los solicitantes que cumplan con las condiciones de solicitud. El período válido de dicho permiso se determina en función de las necesidades reales del solicitante y, en principio, no superará los 30 días.

     

    Las armas de fuego (municiones) que no cumplan con las condiciones de solicitud serán precintadas, retenidas o decomisadas de acuerdo con la ley y se impondrán al solicitante las sanciones administrativas correspondientes. Si las circunstancias constituyen infracciones graves contra la ley penal, se entregará a los departamentos correspondientes para su manejo de acuerdo con las reglamentaciones.

     

    VIII. Tarifas

     

    Sin cargo.

     

    IX. Precauciones

     

    En cualquiera de las siguientes circunstancias, no se otorgará el permiso:

     

    1. Los que no posean la carta de aprobación emitida por las autoridades designadas.

     

    2. Los que posean la carta de aprobación emitida por las autoridades competentes, pero cuya cantidad, tipo, modelo, número de serie, puerto de entrada y titular de las armas de fuego (municiones) transportadas dentro y fuera del país no coincidan con la carta de aprobación.

     

    3. Otras situaciones de denegación previstas por las leyes y reglamentos.

  •     
    2019-06-19